Costilla Ibérica

Costilla Ibérica Fresco

Costillar del cerdo ibérico con piezas jugosas, tiernas y sabrosas. Ideal para preparar al horno, a la brasa o en guisos tradicionales.

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Description

DENOMINACIÓN COMERCIAL COSTILLA IBÉRICA FRESCO/CONGELADO
DEFINICIÓN Costillar del cerdo que comprende las primeras y segundas costillas.
COMPOSICIÓN Costilla de cerdo ibérico
CARACTERÍSTICAS MICROBIOLÓGICAS Salmonella: No detectado en 25 gr.
CARACTERÍSTICAS FÍSICO/QUÍMICAS Y ORGANOLÉPTICAS Color: carne roja con vetas de grasa blanca-nacarada.
Sabor: carne de sabor delicado.
Aroma: agradable y característico.
Textura: homogénea, poco fibrosa y sin pastosidad ni reblandecimiento.
Olor: intenso y característico del producto.
ALÉRGENOS ALIMENTARIOS No contiene alérgenos alimentarios
CONDICIONES DE DISTRIBUCIÓN Y TRANSPORTE Vehículos refrigerados o en congelación.
DESCRIPCIÓN DEL ENVASE Y EMBALAJE A granel envuelto con film y envasado en cajas aptas para la industria alimentaria.
ETIQUETADO Etiquetado según Reglamento (UE) Nº 1169/2011
FIJACIÓN DE LA VIDA ÚTIL DEL PRODUCTO Refrigeración: 7 días desde el sacrificio.
Congelación: 2 años desde la fecha de envasado.
INSTRUCCIONES PARA EL CONSUMIDOR (CONSERVACIÓN Y PREPARACIÓN) Destinado a su consumo por parte de la población en general excepto: personas a las que se les haya prohibido o desaconsejado facultativamente.
Cocinar completamente antes de su consumo.
Conservar en Refrigeración a Tª < 7ºC.
Conservar en Congelación a Tª < -18ºC.
LEGISLACIÓN APLICABLE Reglamento (UE) Nº 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor.
Reglamento (CE) Nº 1441/2007 de la Comisión de 5 de diciembre de 2007 que modifica el Reglamento (CE) Nº 2073/2005 relativo a los criterios microbiológicos aplicables a los productos alimenticios.
Real Decreto 135/2010, de 12 de febrero, por el que se derogan disposiciones relativas a los criterios microbiológicos de los productos alimenticios.
Reglamento (UE) nº 1129/2011 de la Comisión, de 11 de noviembre de 2011, por el que se modifica el anexo II del Reglamento (CE) nº 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo para establecer una lista de aditivos alimentarios de la Unión.
ESPECIFICACIÓN TÉCNICA DEL PRODUCTO Ref.: PAP 01 – Fecha: Sept.2021

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